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¿Es ilegal subarrendar una vivienda?

13 Jul, 2017

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Recientemente, y por la controversia que ha generado el gigante turístico Airbnb, está en boca de todos, la ilicitud de esta práctica turística y las consecuencias que tiene subarrendar una vivienda.

¿Es ilegal que mi inquilino subarriende en Airbnb?

La Ley de Arrendamientos Urbanos es la ley que regula ciertas conductas en relación a este ámbito. Dicha ley establece que “el precio del subarrendamiento no puede exceder, en ningún caso, lo que le corresponda al arrendamiento en si”. Asimismo, estipula que el subarrendamiento tiene que ser explícitamente aceptado por el propietario, y que la extensión del inmueble a ser subarrendada sea parcial (una habitación, partes divisibles del inmueble,  “el inmueble arrendado solo se puede arrendar de manera parcial”). La finalidad de esta ley es evitar que el propietario del inmueble desconozca quien lo habita, a pesar de que sea cedido íntegramente a un tercero o terceros desconocidos por el arrendador.

Dado el período vacacional en el que nos encontramos, existe un gran volumen de contratos de arrendamiento por inmueble, donde no vive el arrendatario, sino subarrendatarios que pagan por separado.

Aquí nos encontramos en una situación en la que todas las habitaciones están siendo realquiladas, frecuentemente dichos subarrendatarios pagan por todas las habitaciones mucho más que el inquilino por el piso entero. Por lo cual se tropiezan con la prohibición de superar el precio del alquiler acordado con el propietario (Ley de Arrendamientos Urbanos) y una infracción frontal de la norma antiespeculativa transcrita, por lo tanto estamos delante de un caso de ilicitud/ aplicación civil.

Adicionalmente a la ilicitud civil vista anteriormente, hay formas de subarrendamiento que también pueden caer en la ilicitud administrativa, como son los apartamentos turísticos, hostales, albergues, hoteles, etc., sin ninguna habilitación administrativa en vigor.

Existe un reglamento administrativo completo y detallado (intereses públicos caritativos) que promueve que los turistas tengan alojamiento de calidad, establecimientos autorizados, acorde con las administraciones públicas para la efectividad de estos derechos.

Sin embargo, no percibimos en el sistema legal ni quien la tiene que hacer cumplir, la misma beligerancia o proactividad a la hora de hacer cumplir los derechos de subarrendatarios que tienen su residencia permanente en una habitación.

El derecho a la vivienda de los subarrendatarios se establece legalmente como un asunto puramente civil. Son los particulares que tienen que cumplir con el art. 8 de la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos),  incluso legalmente, es un procedimiento ordinario, complejo y largo. De lo contrario, el turismo se ve como una cuestión de orden público y administrativo, que opera de forma automática y rápida.

¿Qué sanción me pueden aplicar?

Normalmente las sanciones impartidos por el Ayuntamiento de Barcelona incurren a razón del artículo 89.a de la Ley 13/2002, del 21 de Junio, de turismo de Cataluña, por la cual “se considera de infracción muy grave, a los efectos de esta Ley, prestar o ejercer actividades o servicios turísticos sin disponer de los requisitos o de las condiciones legalmente establecidas para obtener la habilitación correspondiente”, entre otros aspectos del mismo artículo, también se sancionan “actividades que produzcan daños graves a los recursos turísticos o que supongan perjudiciales para sus valores inherentes, y reduzcan la capacidad de atracción de usuarios turísticos”.

Las sanciones, a efecto del incumplimiento grave de la normativa turística, y a modo de asegurar la efectividad de esta, son por lo menos de 30.000 EUR.

¿Es posible recurrir este tipo de sanciones?

Al margen del tipo de sanción, es cierto que la actuación municipal sancionadora es prácticamente automática, siendo una respuesta verdaderamente motivada a alegaciones que podamos formular y, si intentamos disuadir la sanción, solo la obtendríamos por la vía judicial.

¿Hemos solucionado tus dudas? Si necesitas ampliar la información o necesitas asesoramiento de nuestros profesionales,  comunícate con nosotros.

¿En que te podemos ayudar?

Si quieres valorar cómo puede encajar planificación fiscal dentro de la realidad de tu empresa, podemos revisar tu caso y orientarte sobre el mejor enfoque con una mirada práctica, ordenada y orientada a resultados.

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