Derecho Penal
En ETL NEXUM, disponemos de abogados expertos que están comprometidos en la defensa de los intereses de nuestros clientes a lo largo de todo el proceso, siempre manteniendo la máxima confidencialidad.
Nuestro enfoque se basa en ofrecer una colaboración integral en el asesoramiento preventivo, así como en la acusación o defensa ante los jueces y tribunales penales.

Áreas de práctica
Derecho Penal de Empresas
Delitos de Corrupción
Delitos Ecónomicos
Canales de Denuncia Interos y Portocolos
Penal Laboral
Compliance y prevención de delitos
Delitos de receptación y blanqueo de capitales
Delitos contra las Personas
Delitos Sexuales
Ciberdelitos
Ámbito familiar
Delitos contra la administración pública
Delitos informáticos y ciberdelincuencia
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¿En que te podemos ayudar?
Si quieres valorar cómo puede encajar planificación en derecho penal dentro de la realidad de tu empresa, podemos revisar tu caso y orientarte sobre el mejor enfoque con una mirada práctica, ordenada y orientada a resultados.
F.A.Q.
En este apartado queremos responder a todas aquellas dudas relacionadas con diferentes cuestiones dentro del ámbito fiscal. Si tienes más preguntas, ponte en contacto con nosotros.
¿Puede una empresa afrontar consecuencias penales por actuaciones de sus propios trabajadores o directivos?
Desde la reforma del Código Penal operada en 2010, y perfeccionada en 2015, las personas jurídicas pueden ser sometidas a proceso penal y condenadas cuando los delitos cometidos por sus administradores o empleados se producen en beneficio directo o indirecto de la organización. Las consecuencias no se limitan a multas: incluyen la posible disolución de la sociedad, la suspensión de actividades por hasta cinco años, la clausura de establecimientos, la prohibición de contratar con la Administración Pública e incluso la intervención judicial. Las multas pueden llegar a representar cinco veces el beneficio ilícitamente obtenido.
¿Cómo puede una empresa protegerse frente al riesgo de responsabilidad penal corporativa?
El principal mecanismo de exoneración es contar con un programa de cumplimiento normativo (compliance) eficaz, real y debidamente documentado. La jurisprudencia del Tribunal Supremo —en especial las sentencias de 2025— ha precisado que para condenar a una persona jurídica no basta con que uno de sus directivos haya cometido un delito: la Fiscalía debe acreditar que la empresa presentaba un defecto estructural en sus sistemas de supervisión, vigilancia y control. Si la organización demuestra haber adoptado, antes de la comisión del delito, medidas preventivas proporcionadas y una supervisión real de su funcionamiento, puede quedar exenta de responsabilidad o ver atenuada la sanción.
¿Cuáles son los delitos corporativos más habituales ante los que debe protegerse una empresa?
En España el catálogo de delitos imputables a personas jurídicas es cerrado: solo los expresamente previstos en el Código Penal pueden generar responsabilidad para la empresa. Los que con mayor frecuencia aparecen en la práctica judicial son: los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social (fraude fiscal, cotizaciones no ingresadas), el blanqueo de capitales, la estafa y otras defraudaciones, los delitos informáticos, los atentados contra los derechos de los trabajadores, los delitos medioambientales, el cohecho y el tráfico de influencias. Todos ellos son susceptibles de generar responsabilidad simultánea para la persona física autora del hecho y para la entidad en cuyo nombre o beneficio actuó.

